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Codex Alimentarius: sin consenso científico, no hay base regulatoria para los “ultraprocesados”

En América Latina y el Caribe, el debate sobre la clasificación de los alimentos según su grado de procesamiento ha ganado terreno regulatorio en los últimos años. Varios países de la región se encuentran en procesos de revisión o diseño de marcos normativos que incorporan, en distintas formas, criterios basados en el nivel de procesamiento industrial. En ese contexto, lo que ocurrió del 11 al 15 de mayo de 2026 en Ottawa tiene implicancias directas para la región.

Entre los asuntos tratados, uno resulta especialmente relevante para la agenda regulatoria de América Latina y el Caribe: el Comité evaluó incorporar el concepto de «alimentos ultraprocesados» (UPF) a su agenda de trabajo. La conclusión fue clara: hoy no existe base suficiente para avanzar en esa dirección.

Desde ALAIAB valoramos este resultado porque reafirma un principio que sostenemos desde hace tiempo: las decisiones regulatorias deben apoyarse en evidencia científica sólida, definiciones precisas y criterios verificables.

¿Qué es el Codex Alimentarius y por qué importa?

El Codex Alimentarius es el sistema internacional de estándares alimentarios creado en 1963 por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS). Reúne a 188 países miembros y opera a través de comités técnicos especializados. Sus decisiones no son vinculantes de forma directa, pero orientan la legislación nacional en la mayoría de los países del mundo.

El CCFL, específicamente, es el comité responsable de los estándares de etiquetado de alimentos preenvasados: las normas que definen qué información deben aparecer en un producto, cómo debe presentarse y bajo qué criterios se evalúa.

Es importante destacar cómo funciona la toma de decisiones: los gobiernos de los países miembros, a través de sus representantes técnicos y científicos, son quienes votan, deliberan y deciden. 

¿Qué ocurrió en Ottawa con los “ultraprocesados”?

La sesión CCFL49 incluyó, bajo el punto 8 de agenda («Trabajo futuro y temas emergentes»), la discusión sobre si el tema de los alimentos “ultraprocesados” debía incorporarse al inventario de trabajo del Comité. 

El Comité consideró la propuesta y los delegados presentes expresaron sus posiciones. El resultado quedó registrado en el acta oficial (Draft REP26/FL, párrafos 141-145).

Los miembros señalaron que no se había presentado ningún documento de discusión ni proyecto que respaldara el inicio de trabajos, y que actualmente no existe un consenso científico claro sobre la definición de «alimento ultraprocesado». Asimismo, se indicó que la relevancia del tema para el mandato del CCFL, en particular en relación con el etiquetado, no era suficientemente clara en ese momento, y que por tanto era prematuro iniciar nuevos trabajos en esta área.

La Secretaría del Codex subrayó la importancia de identificar claramente el problema a abordar, respaldado por un documento de discusión, antes de iniciar nuevos trabajos.

Las tres razones que quedaron en acta

La decisión del CCFL49 se sustenta en tres argumentos técnicos precisos:

  1. Sin documento de debate: no se presentó ningún material de respaldo que justificara el inicio de trabajos regulatorios sobre el tema.
  2. Sin consenso científico: actualmente no existe un consenso científico claro sobre la definición de alimento ultraprocesado.
  3. Mandato poco claro: la relevancia del tema para el mandato del CCFL, en particular en relación con el etiquetado, no estaba suficientemente clara.

Estos tres elementos son el estándar que el sistema Codex aplica a cualquier propuesta de trabajo: identificar el problema, respaldar la propuesta con evidencia científica sólida, y demostrar pertinencia para el mandato del comité. Sin los tres, no hay base para avanzar. No es un criterio excepcional aplicado a este tema; es el mismo criterio que se aplica a cualquier regulación que pretenda orientar legislaciones nacionales.

¿Qué significa para América Latina y el Caribe?

Los estándares aprobados en Ottawa avanzan ahora hacia la Comisión del Codex Alimentarius (CAC49), que se reunirá en Ginebra en julio de 2026 para su adopción formal. Los “ultraprocesados” no están entre los instrumentos que avanzan.

Esto tiene implicaciones directas para la región. Varios países de América Latina y el Caribe se encuentran en procesos de revisión o diseño de marcos regulatorios en materia de etiquetado y clasificación de alimentos. La decisión del CCFL49 refuerza la necesidad de que esos procesos se anclen en evidencia científica sólida y en criterios que cuenten con respaldo técnico reconocido internacionalmente.

Una regulación basada en sistemas de clasificación que el propio Codex identifica como carentes de consenso científico y de definición precisa no solo enfrenta fragilidad técnica: también genera consecuencias no deseadas sobre el acceso a alimentos, la competitividad de las MiPyMEs y la coherencia regulatoria regional.

La posición de ALAIAB

Desde ALAIAB seguimos con atención el trabajo de los organismos internacionales de referencia como el Codex Alimentarius y alineamos nuestras posiciones con sus evaluaciones.

La decisión del CCFL49 es consistente con lo que hemos sostenido: los marcos regulatorios en materia de alimentos y bebidas deben basarse en evidencia científica sólida, con definiciones precisas y criterios verificables. No en clasificaciones que, como reconoció el propio Comité, carecen de consenso científico y de definición estandarizada a nivel global.

Seguiremos participando activamente en los espacios técnicos y de política pública relevantes para la región. Nuestro compromiso es con el diálogo basado en evidencia porque creemos que las mejores políticas públicas son las que se construyen con todos los actores del sistema alimentario sentados a la mesa.

Leer el proyecto de informe de CCFL49